22 de noviembre del 2024
Foto Juan Carlos Escobar | El Tiempo
18 de Septiembre de 2017
Por:
Ana Catalina Baldrich

El pasado 17 de septiembre los habitantes del municipio de Jesús María, Santander, le dijeron ‘No’ a la minería. Los resultados de las consultas populares tienen ‘contra las cuerdas’ los proyectos mineros y petroleros. ¿Habrá solución?

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Las consultas populares, el gran dilema

El 26 de marzo más de 6.000 personas de Cajamarca le dijeron, en una consulta popular, NO a la actividad minera en su municipio. Foto Juan Carlos Escobar | El Tiempo

 

El 26 de marzo de este año el municipio tolimense de Cajamarca fue enfático. De 6.241 votos válidos depositados en las urnas, 6.165 dijeron “No” a la ejecución de proyectos y actividades mineras en su municipio. Se abrió la caja de Pandora.

El consultor legal ambiental Rodrigo Negrete, quien apoya a las comunidades en los procesos que derivan en consultas populares, bautizó lo ocurrido ese día en el Tolima como el ‘efecto Cajamarca’. “Cajamarca marcó un camino que empiezan a recorrer otros municipios que no tienen vocación minera, ni petrolera, y que haciendo uso de la consulta popular convocan a sus habitantes para que se pronuncien sobre si desean o no las actividades extractivas en su territorio. Se estima que más de 40 municipios están en este proceso, de manera que se habla de un ‘efecto Cajamarca’ por lo simbólico de este triunfo ciudadano, a pesar de que fue Piedras, en 2013, el que realizó la primera consulta popular para estos fines”.

Según Negrete, la consulta en el municipio del Tolima marcó un hito en el país al ser la primera en realizarse después de que la Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-273 de 2016, declarara inexequible el artículo 37 del Código de Minas, que les prohibía a los municipios prohibir la minería, y señalara, en la Sentencia T-445 del mismo año, que el desarrollo de actividades mineras podían ser objeto de consulta popular y que los entes territoriales: “poseen la competencia para regular el uso del suelo y garantizar la protección del medio ambiente, incluso si al ejercer dicha prerrogativa terminan prohibiendo la actividad minera”.

La Ley 134 de 1994 ─que dicta las normas sobre los mecanismos de participación ciudadana─ establece que en la consulta popular, el presidente de la República, el gobernador o el alcalde preguntan sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local para que el pueblo se pronuncie. Adicionalmente, señala: “en todos los casos, la decisión del pueblo es obligatoria”.

Y es precisamente esta obligatoriedad la que ha generado el debate entre quienes afirman que los resultados de las consultas son vinculantes y entre quienes dicen que pueden presentarse extralimitaciones.

“Las consultas populares son un mecanismo de participación ciudadana que está previsto en el artículo 103 de la Constitución Política, que garantiza el derecho fundamental a la participación y, además, en las leyes estatutarias 134 de 1994 y 1757 de 2015 expresamente se señala que lo que allí se resuelva es obligatorio, es decir vinculante, tanto para el Estado en su integridad, como para los ciudadanos y empresas, de manera que carecen de fundamento las afirmaciones que en sentido contrario han efectuado el Gobierno y las empresas”, dice Negrete.

 

Por su parte, el presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), Orlando Velandia, aunque reconoce que hay reiterados fallos que establecen que los resultados de las consultas son vinculantes para los municipios, por tener que ver con el ordenamiento del suelo, recuerda que hay límites. “Otras jurisprudencias determinan que esa facultad propia de los entes territoriales del ordenamiento del suelo no puede desbordar la facultad que ellos tienen y, por ende, no deberían comprometer la administración del subsuelo, la cual le corresponde a la Nación”.

Por esta razón, afirma el presidente de la ANH, el Gobierno y las entidades competentes están analizando el nivel de vinculación que generan estos pronunciamientos de las comunidades, así como los pasos hacia el futuro para generar certeza jurídica, tanto para los entes territoriales como para el Gobierno Nacional.

 

Y entonces, ¿para qué?

 

Ante el debate y las dudas sobre si son o no vinculantes las decisiones de las consultas, vale la pena cuestionar su finalidad. Según datos de la Registraduría, hasta el cierre de esta edición tres municipios estaban convocados a las urnas: Arbeláez (Cundinamarca), que el 9 de julio se pronunciará sobre si quiere o no permitir actividades de exploración, sísmica, explotación y lavado de materiales de hidrocarburos; el mismo día, Pijao (Quindío) decidirá sobre el desarrollo de proyectos y actividades de minería de metales, y Pasca (Cundinamarca), que el 6 de agosto responderá sobre si quiere o no que se ejecuten actividades exploratorias, sísmicas, perforaciones, explotaciones, producción y transporte de hidrocarburos en el municipio.

 

El abogado Negrete asegura que, lejos del debate, después del resultado en Cajamarca, la empresa Anglogold Ashanti anunció la suspensión de sus actividades mineras en la zona, lo que según él demuestra que el mecanismo es vinculante, por lo que es válido realizarse. “Las consultas garantizan un derecho fundamental, el Gobierno debe acatar los resultados. En caso contrario, la comunidad tienen la facultad de acudir a los jueces para exigir su cumplimiento y de presentar denuncias ante los entes de control”.

 

Desde la consulta de Cajamarca, la respuesta imperante ha sido el NO. El 26 de febrero, 1.465 ciudadanos de Cabrera, en Cundinamarca, se negaron a la ejecución de proyectos sobre minería y/o hidroeléctricos en su municipio, tal como lo hicieron, el 4 de junio, 7.475 ciudadanos de Cumaral (Meta), ante la ejecución de actividades de exploración sísmica, perforación exploratoria y producción de hidrocarburos.

 

El presidente de la ANH considera que ─tras analizar la epidemia del NO─ los resultados obedecen a la combinación de dos factores: “Fundamentalmente se ha desplegado un gran activismo ambiental que le está asignando a la industria de los hidrocarburos todos los males del deterioro del ambiente en algunas de estas regiones. En mi opinión, estos temores son desproporcionados e infundados. A esto se ha sumado un gran activismo por parte de algunos líderes regionales, que en un año preelectoral han tomado estas banderas como eslogan político”.

 

Además, Velandia dice que estos resultados unánimes obedecen a la forma como se adelantan los procesos de cara a las comunidades. “Si se plantea un dilema entre petróleo o agua, pues la mayoría de los colombianos siempre preferirá el agua. Ahí está el argumento un poco maniqueísta. Durante 100 años de industria hidrocarburífera en Colombia han podido subsistir el petróleo y el agua. Luego, plantearlo de esta forma simplemente tiene un propósito un poco perverso de generar temores en las comunidades”.

 

De manera contraria, el abogado Negrete achaca la unanimidad en los resultados a que las actividades mineras afectan de manera grave e irreversible suelo, agua, biodiversidad y aire, además de producir pasivos ambientales y sociales, entre estos desplazamiento de propietarios, poseedores, tenedores y ocupantes de los predios donde se realicen actividades mineras. Lo que se suma a cambios en los patrones productivos y culturales de los pobladores, quienes ─según él─ no perciben que haya una contraprestación adecuada en términos económicos y sociales.

 

¿Se puede conciliar?

 

El presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos advierte que, frente a la tendencia en los resultados de las consultas, está en riesgo la viabilidad financiera del país. Por esto insiste en que las decisiones que se toman en cada una de estas poblaciones finalmente afectarán a todos los colombianos.

 

El abogado Negrete considera que es posible acatar el deseo de las comunidades sin afectar las finanzas del país, por lo que insta al Gobierno y al Congreso a reformar los códigos de minas y petróleos para que se ajusten en materia de autonomía territorial de los municipios y se garantice el goce efectivo de los derechos fundamentales de los colombianos. Y propone un gran consenso nacional que privilegie otras actividades diferentes al extractivismo. “En lugar de emular a Chile, que realiza minería en un desierto, podríamos adoptar ─en lo bueno─ lo que ha venido haciendo Costa Rica”. 

 

 

*Publicado en la edición impresa de julio de 2017.