LA CONSTITUCIÓN DE 1991 Y LOS INDÍGENAS
Nuevos espacios de participación política
En la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 se rompieron muchos paradigmas de la sociedad colombiana en materia de participación política; uno de ellos fue el posibilitar a los indígenas una representación en dicho espacio de decisiones futuras.
Con la elección de dos constituyentes indígenas, Lorenzo Muelas (20.083 votos) y Francisco Rojas Birry (25.880 votos) se empezó a reconocer una realidad que hasta entonces había sido invisible para nuestro país: su evidente carácter multiétnico y pluricultural. La fuerza y el empuje de estos dos constituyentes fue evidente y marcó avances significativos en la Constitución de 1991. Su influencia fue notoria en tres aspectos que deben señalarse: 1. el ordenamiento territorial; 2. la apertura de espacios políticos y sociales de participación para los indígenas y los demás grupos étnicos, en especial la circunscripción especial indígena para el Senado y la circunscripción especial para los grupos étnicos; 3. El reconocimiento del carácter multiétnico y pluricultural de nuestro país y la garantía a derechos territoriales y culturales de los indígenas en la nueva Constitución.
Circunscripción indígena para el senado
El espacio abierto a la participación indígena por la Constituyente, la consagración constitucional de la circunscripción especial indígena y el desarrollo de la circunscripción especial étnica para la Cámara han incidido e incidirán en los avances electorales de movimientos políticos de carácter étnico.
Si bien es cierto que al interior de las organizaciones de base indígenas, entre ellas la Organización Nacional Indígena de Colombia, ONIC, se presentó el debate referido a quiénes debían liderar las propuestas políticas, el movimiento indígena optó por diferenciar el trabajo organizativo con las comunidades y el trabajo político indígena. Surgen en este decenio tres grupos destacados por su trabajo político: el Movimiento de Autoridades Indígenas, liderado por Lorenzo Muelas (guambiano), el Movimiento Alianza Social Indígena, liderado por Francisco Rojas Birry (embera-wanuna) y el Movimiento Indígena Colombiano (de corta duración), coordinado por Gabriel Muyuy (inga).
La circunscripción especial indígena para el Senado ha sido un elemento facilitador de los procesos políticos para los indígenas puesto que sólo requiere haber ejercido un cargo de autoridad tradicional en su respectiva comunidad o haber sido líder de una organización indígena, calidad que acreditan mediante certificado de la respectiva organización, refrendado por el Ministerio del Interior.
Elecciones para senado y cámara
Según cifras de la Registraduría, en las elecciones para Congreso realizadas en este decenio han llegado al Senado, y en ocasiones a la Cámara, los siguientes indígenas:
1. Elecciones de 1991. Gabriel Muyuy y Anatolio Quirá (circunscripción especial indígena para Senado.
2. Elecciones de 1994. Lorenzo Muelas y Gabriel Muyuy (circunscripción especial indígena para Senado).
3. Elecciones del 8 de marzo de 1998. Los indígenas ampliaron su representación en el Senado y en la Cámara. En el Senado obtienen curul por circunscripción electoral Martín Emilio Tenganá (Autoridades indígenas), con 18.224 votos; luego fue anulada su elección por carecer de la edad que la Constitución exige para ocupar dicho cargo; también es elegido Francisco Rojas Birry (movimiento Alianza Social Indígena) con 29.236 votos. Para el Senado se presentó por la circunscripción nacional ordinaria el indígena Jesús Emilio Piñacué, quien obtuvo una curul (coalición entre el movimiento Alianza Social Indígena y el Conservatismo). En la cámara fueron elegidos por circunscripción territorial y representando al movimiento Alianza Social Indígena Jhony Aparicio Ramírez del Guanía (1683 votos) y Leonardo Caicedo P. del Vaupés (1420 votos).
Departamentos y municipios
Si los resultados en el Congreso son sorprendentes, aún más interesante es observar la dinámica local en la cual estos movimientos han logrado avances significativos en las elecciones para concejos, asambleas, gobernaciones y alcaldías. En las elecciones de 1994 la Alianza Social Indígena inscribió diez listas para concejos del país, de las cuales fueron elegidas ocho; para asambleas sólo inscribieron una lista en el Cauca y lograron representación. En las elecciones para corporaciones y alcaldías del 26 de octubre de 1997 se observan ya más claramente los resultados del trabajo político de los movimientos indígenas. En esta elección fueron elegidos 152 concejales en representación de movimientos indígenas (37 por el Movimiento de Autoridades Indígenas y 115 por el movimiento Alianza Social Indígena); se eligieron ocho diputados de estas listas (siete por el movimiento de Alianza Social Indígena y uno por el movimiento de Autoridades Indígenas) y se eligieron 13 alcaldes (cinco del Movimiento de Autoridades Indígenas y ocho del Movimiento Alianza Social Indígena).
Lorenzo Muelas. Constituyente en 1991 y senador indígena. |
En las elecciones del 29 de octubre de 2000 se reconocen los avances logrados por pequeños movimientos, entre ellos los liderados por indígenas. Merece mencionarse en este proceso que la Alianza Social Indígena avaló a dos candidatos de gran importancia: Antanas Mokus en Bogotá, quien resultó elegido, y Sergio Fajardo en Medellín (quien obtuvo 60.000 votos), y que la unión de los dos movimientos (Autoridades Indígenas y Alianza Social Indígena) logró por primera vez la Gobernación de un departamento para los indígenas.
Dicho triunfo electoral se presentó en el Cauca con la elección de Floro Tunubalá Paja para la Gobernación, respaldada por una votación muy significativa (149.083 votos) y la elección de diputados indígenas que integran una cuarta parte de los miembros de la Asamblea Departamental (Segundo Tombé Almendra, Luis Alberto Fiscue Ipia, Arquimedes Vitonas Noscue y Marcos Aníbal Avirama Avirama).
Si examinamos geográficamente los datos de las elecciones de 94, 97 y del 2000 encontramos que el Departamento del Cauca es un fenómeno político muy interesante en materia electoral, pues no sólo ha logrado tener un gobernador indígena, sino que sus resultados electores para concejos y asambleas son notorios, seguidos de Nariño y Antioquia.
Nueva circunscripción especial
La ley 649 de 2001 desarrolla, después de diez años, el artículo 176 de la Constitución, que señala en su artículo 2 que habrá cinco curules distribuidas así: "dos para las comunidades negras, una para las comunidades indígenas, una para las minorías políticas y una para los colombianos residentes en el exterior". Los requisitos que establece para los candidatos de las comunidades indígenas son similares a los de la circunscripción especial para Senado.
La ley 649 abre nuevas oportunidades a los movimientos indígenas para llegar a la Cámara e incluso para presentar candidatos a ambas corporaciones que puedan trabajar en equipo para impulsar proyectos de interés para los grupos étnicos. Igualmente puede permitir alianzas interesantes al interior del Congreso entre estas minorías étnicas y políticas reconocidas por la Constitución.
Conclusiones
Los movimientos indígenas son estudiados por los analistas como "los otros" y se les tacha de diversos y desarticulados. Pensamos que esta visión olvida lo difícil que es construir propuestas políticas y desconoce un fenómeno político significativo que, sobre todo en lo local, se está demostrando, con avances en el reconocimiento de una identidad cultural que hace diez años nadie hubiese imaginado. Es innegable que los votos de sus movimientos no sólo corresponden a indígenas y que en gran medida el voto de opinión de los colombianos se inclina hacia estas nuevas causas que ofrecen alternativas diferentes y candidatos que los ciudadanos perciben como más honestos.
¿Quiénes son los candidatos de estos movimientos? es necesario señalar una diferencia que nos preocupa. En el Movimiento de Autoridades Indígenas se observa un compromiso claro frente a la identidad étnica y los candidatos siempre son indígenas; no así en el movimiento Alianza Social Indígena, cuya estrategia han sido las alianzas y otorgar avales a candidatos que no son indígenas. Esta situación en ocasiones confunde a los electores y debe ser revisada cuidadosamente por los indígenas a futuro.