22 de noviembre del 2024
Cortesía | Ministerio de Comercio
10 de Abril de 2017
Por:
Ana Catalina Baldrich

Los rumores sobre el interés del Gobierno de impulsar el turismo en las áreas protegidas comenzaron a recorrer los medios y las redes sociales a finales de febrero. Para mediados de marzo, una propuesta del Ministerio de Comercio disparó las alarmas de los ambientalistas. Se decía que la entidad quería manejar los Parques Nacionales Naturales y construir hoteles en estos. La ministra de Comercio, María Claudia Lacouture, aclara las razones por las que propuso el decreto.

No habrá hoteles con infraestructura pesada en zonas protegidas

Existe una resolución que regula la actividad en áreas protegidas ¿Por qué elaborar este decreto?

La propuesta que estamos trabajando en conjunto con el Ministerio de Ambiente hace parte de una orden contenida en la Ley 99 de 1993, la Ley 300 de 1996 y la Ley 1558 de 2012, que establecen la obligatoriedad de los dos ministerios de definir la administración de las áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Naturales, velar por su protección, la conservación y reglamentar su uso y funcionamiento. Este trabajo debe concluir en un decreto suscrito por el Presidente y los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Ambiente y Desarrollo Sostenible. La Resolución 531 de 2013 es una norma del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que establece las condiciones en que Parques Nacionales Naturales de Colombia llevará a cabo la planificación, ordenamiento y manejo de las actividades ecoturísticas, como actividad permitida en las áreas del sistema de parques nacionales naturales de Colombia. Por tanto, se trata de unas facultades de esa entidad, pero no define los mandatos legales que se ordena en las leyes mencionadas. Se trata de dos momentos diferentes en uso de unas competencias distintas y con finalidades diversas, no puede reemplazarse un decreto emitido por dos carteras por una resolución emitida por una sola de estas organizando sus competencias internas.

 

¿Por qué no se consultó a Parques ni a las instituciones de investigación?

Por mandato legal son los dos ministerios, en cabeza de sus ministros, los que tienen la facultad reglamentaria, el manejo de la información que se dé dentro de cada cartera, y la participación de cada una de sus dependencias en la implementación normativa. Adicionalmente, la cabeza del sector es el ministro de Medio Ambiente, que lidera las acciones y trabaja de la mano con sus entidades adscritas.

 

¿Por qué Parques Nacionales no tendría asiento ni voto en el Comité Nacional de Turismo de Naturaleza?

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 300 de 1996, los dos ministerios están llamados a constituir un comité del orden nacional para lograr una adecuada coordinación institucional y con otros sectores que les permita promover convenios de cooperación técnica, educativa, financiera y de capacitación, relacionadas con el tema del turismo de naturaleza. Este es uno de los varios puntos objeto de la reglamentación en ciernes, que operaría como un medio para lograr la formulación de una política relativa al turismo de naturaleza, que es una obligación funcional de tipo legal que se encuentra en cabeza de los ministros. La Unidad de Parques Nacionales Naturales tiene representación en el mencionado comité por tratarse de una entidad administrativa especial adscrita al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

 

Hay quienes sienten que con este decreto se abre la puerta a la construcción de infraestructura pesada en los parques.

Esa sensación es infundada. Antes de sentir, es bueno saber. Las definiciones del borrador de proyecto al respecto del tema de alojamiento y servicios de hospedaje se refieren a la construcción y operación de infraestructura regida por los principios de sostenibilidad, seguridad y de bajo impacto ambiental en: su diseño, los materiales utilizados en su construcción y mantenimiento, la generación o provisión de energía, el manejo de aguas residuales y residuos sólidos y en la provisión y uso de insumos, entre otros aspectos.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha insistido y defendido en reiteradas oportunidades la importancia de que todos los procesos que se desarrollen en el marco de la actividad ecoturística obedezcan a los principios de sostenibilidad, donde uno de estos es la parte ambiental.

 

¿Camping u hoteles?

Esto no se trata de camping u hoteles; se trata de implementar acciones tendientes a la preservación del medio ambiente y que el turismo se realice con responsabilidad. Queremos que haya campistas responsables, prestadores de servicios que brinden hospedajes amigables con el medio ambiente y rechazamos rotundamente los hoteles con infraestructura pesada.

 

Las instituciones de investigación y Parques consideran que se debe trabajar en conjunto cada uno desde sus competencias. ¿Qué piensa?

 No tendría sentido pensar que con un decreto reglamentario se puedan modificar competencias establecidas en la ley. En realidad el cometido de los Ministerios de Comercio y de Ambiente es que exista un trabajo coordinado entre Estado, academia, instituciones de investigación y otros sectores relacionados en este tipo de actividades, para la formulación del proyecto de decreto; es algo que se está haciendo, pero debemos entender que actualmente nos encontramos en una fase de planeación entre ambas carteras; los aportes técnicos, científicos, de experiencias y demás, indispensablemente serán tenidos en cuenta una vez ya exista un bosquejo de documento que sea susceptible de dichas intervenciones.

 

Varias informaciones de prensa dan cuenta de que su familia tiene propiedad en el parque Tayrona. ¿Qué diría al respecto?

 No es cierto.

 

 

*Descubra el artículo completo en nuestra edición impresa de abril de 2017.